La ley obliga a que quien fabrica un programa de facturación declare, bajo su responsabilidad, que ese programa cumple lo que exige el reglamento de VERI*FACTU. Esta página es esa declaración.
No la emite Hacienda ni la sella nadie: la firma quien hace el programa, y puede pedírsela tanto un cliente como la Administración tributaria.
1. Quién produce el sistema
| Nombre | Alfonso Ortega Sequera |
|---|---|
| NIF | 28729622T |
| Domicilio | Esperanza de Triana 57, 5ª A · 41010 Sevilla |
| Correo | soporte.autonomos@orfeovirtual.com |
| Sitio web | autonomos.orfeovirtual.com |
El productor es también quien comercializa el sistema. No interviene ningún tercero comercializador.
2. Qué sistema es
| Nombre | Orfeo Autónomo |
|---|---|
| Identificador | OA |
| Versión | 0.2.2 |
| Paquete | com.orfeovirtual.autonomo |
Son los mismos valores que el sistema envía a la Agencia Tributaria dentro
del bloque SistemaInformatico de cada registro de facturación.
3. Tipología, composición y funcionalidades
Tipología
Aplicación de facturación para dispositivos móviles Android, de uso
individual y monopuesto. Cada instalación la usa un único
obligado tributario: el sistema declara TipoUsoPosibleMultiOT = N
e IndicadorMultiplesOT = N.
Composición
Un único programa instalado en el dispositivo del usuario, que contiene la interfaz de facturación, una base de datos local donde residen las facturas y sus registros, y el motor que genera los registros, calcula la huella y los remite a la Agencia Tributaria.
No existe servidor del productor. El sistema no envía información a ningún equipo del productor ni de terceros: los registros van directamente del dispositivo del usuario a la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Funcionalidades relevantes a efectos del Reglamento
- Expedición de facturas completas y rectificativas, con numeración correlativa por serie y ejercicio, sin saltos ni repeticiones.
- Generación automática del registro de facturación de alta (art. 9) al expedir la factura.
- Generación del registro de facturación de anulación (art. 10) cuando una factura no debió expedirse.
- Encadenamiento de todos los registros mediante huella SHA-256, incluyendo en cada uno la huella del anterior.
- Código QR de cotejo en cada factura, conforme a la Orden HAC/1177/2024, junto a la mención «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT».
- Remisión automática de todos los registros generados a la Agencia Tributaria, con el certificado del obligado y sobre canal cifrado.
- Consulta a la Agencia Tributaria de los registros ya remitidos.
- Exportación de facturas y registros a un archivo externo legible, y comprobación de la integridad de la cadena de huellas.
4. Cómo se instala y qué necesita
- Se instala desde Google Play en dispositivos con Android 8.0 (API 26) o superior.
- Los datos residen exclusivamente en el dispositivo. La conservación de las copias de seguridad, en el destino que elija el usuario, es responsabilidad de este.
- Para remitir registros a la Agencia Tributaria, el usuario aporta su certificado electrónico, que permanece en el almacén de claves del propio dispositivo y al que el productor no accede en ningún momento.
- La comunicación con la sede electrónica de la AEAT se realiza mediante TLS con autenticación mutua.
5. Declaración
Como productor del sistema identificado en el apartado 2, declaro bajo mi responsabilidad que dicho sistema, en la versión indicada, cumple con lo dispuesto en el artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en el Reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, y en la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, que lo desarrolla.
a) Sistema VERI*FACTU
El sistema opera exclusivamente como «Sistema de emisión de
facturas verificables» del artículo 16, y así lo declara en cada registro
(TipoUsoPosibleSoloVerifactu = S). Remite a la Agencia Tributaria,
de forma continuada, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva,
instantánea y fehaciente, todos los registros de facturación
que genera. No dispone de un modo de funcionamiento alternativo que permita no
remitirlos.
En consecuencia, y conforme al artículo 16.2, se presume que cumple por diseño los requisitos del artículo 8, y no le resulta de aplicación el artículo 14.2.
b) Huella en lugar de firma
Al amparo del artículo 16.3, el sistema no realiza la firma electrónica de los registros prevista en el artículo 12, y calcula la huella de cada registro conforme a las especificaciones aprobadas (SHA-256).
c) Integridad e inalterabilidad
Una vez generado y registrado, ningún registro de facturación puede ser modificado ni eliminado desde el sistema. Toda corrección o anulación se realiza mediante un registro de facturación adicional posterior, conservándose inalterados los datos originales. Alterar un registro rompería la cadena de huellas, y el propio sistema lo detecta y avisa.
d) Trazabilidad
Todos los registros están encadenados, cada uno con la huella del anterior, de modo que su rastro puede seguirse en secuencia desde el primero al último. Todos van fechados con el momento del registro. El sistema no incorpora ninguna funcionalidad que permita alterar u ocultar ese rastro.
e) Conservación, accesibilidad y legibilidad
El sistema conserva todos los registros que genera y permite descargarlos y archivarlos en un almacenamiento externo, en formato electrónico legible.
6. Alcance
Esta declaración se refiere únicamente a la versión indicada. Cada nueva versión del sistema lleva la suya, y el productor conserva las de todas las versiones producidas, conforme al artículo 13.3.
Firmado: Alfonso Ortega Sequera, NIF 28729622T
Lugar y fecha: Sevilla, 16 de septiembre de 2026